Neimar Claret Andrade
Luego de hallarlo culpable el pasado 6 de agosto tras 37 audiencias de juicio, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Martín Pradenas Dürr a cumplir la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo por cinco delitos de abuso sexual a mayor de 14 años, abuso sexual a menor de 14 años y violación a mayor de 14 años.
La sentencia fue leída por el magistrado Leonel Torres Labbé, quien indicó que además de la pena corporal, el condenado quedó con inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, con inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad y al pago de las costas de la causa.
“Conforme —agrega el fallo— al artículo 373 ter del Código Penal, se condena a Pradenas Dürr, a la prohibición de visitar el domicilio, establecimiento educacional o lugar de trabajo de las ofendidas, así como la prohibición de aproximarse a éstas en cualquier lugar en que se encuentren, por 10 años”.
El magistrado Torres Labbé indicó además que “el plazo de todas estas penas accesorias comenzará a partir del momento en que el acusado sea puesto en libertad, sea porque cumplió la pena privativa previamente impuesta, o bien, porque se le otorgasen beneficios o salidas alternativas al medio libre” y agregó “que de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 19.970, se decreta la incorporación de la huella genética del sentenciado al Registro de Condenados, previa toma de muestras biológicas”.