Neimar Claret Andrade
31 de marzo. Esa es la fecha que el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha dado como plazo a los contribuyentes ubicados en las zonas en las que el Gobierno decretó Estado de Catástrofe a causa de los incendios, para declarar y pagar el IVA.
Mediante un comunicado el SII explicó que “acorde a las Medidas de Alivio Tributario que forman parte del Plan de Recuperación y Ayudas Tempranas anunciado por el Gobierno, para apoyar a las familias afectadas por los incendios forestales, el Servicio de Impuestos Internos informa que las declaraciones de IVA que se presentan en los meses de febrero y marzo, podrán realizarse hasta el 31 de marzo sin multas ni intereses”.
La medida dirigida a los contribuyentes de Biobío, Ñuble y La Araucanía, también aplica para otros impuestos mensuales (incluidos en la Ley sobre Impuesto a la Renta), tales como pagos provisionales mensuales, retenciones de impuesto por sueldos y honorarios, correspondientes a los períodos ya indicados, que se declaran en el Formulario 29 y/o 50.
Asimismo explicaron que “esta postergación, que busca facilitar la declaración mensual, se aplicará automáticamente a los contribuyentes de las zonas afectadas y forma parte de una serie de iniciativas que buscan atenuar los efectos económicos de esta catástrofe en personas y empresas. La medida no aplica para aquellos contribuyentes cuya casa matriz no se encuentre en la zona de catástrofe”. Para cualquier consulta, se puede visitar la pagina de sii.cl