Mar 17 Marzo, 2026

Celebran en Los Sauces tras liberación de “La Nina” implicada en incendio fatal

Del informe del Servicio Médico Legal se desprende que la mujer es inimputable por padecer de un retardo mental severo y que no constituye un peligro ni para sí misma ni para terceros

Neimar Claret Andrade

“El Juzgado de Letras y Garantías de Purén resolvió el sobreseimiento definitivo respecto de la imputada que fue formalizada por el incendio por el cual resultaron fallecidos tres brigadistas forestales y diez de ellos con lesiones de diversa consideración y que ocurrió el 19 de enero del año 2025 en la comuna de Los Sauces”. 

La afirmación corresponde a la fiscal vocera del Ministerio Público en La Araucanía, Nelly Marabolí, quien detalló que “se cogió lo planteado por la Fiscalía en términos de decretar el sobreseimiento definitivo por estimar que se encuentra extinguida la responsabilidad penal de la imputada porque, de acuerdo al peritaje extendido por el Servicio Médico Legal, ella es inimputable y la conducta de ella no constituye un peligro para sí ni para terceros. Eso indica que la Fiscalía está impedida de requerir una medida de seguridad puesto que la ley establece que para ello debe concurrir la circunstancia de ser peligrosa y en razón de ello es que se decreta el sobreseimiento definitivo parcial”.

Al ser consultada sobre si la decisión no tiene que ver con que ella haya o no participado en el delito, la persecutora indicó que “se rechazó la solicitud de la defensa que pedía que se decretara el sobreseimiento definitivo por estar establecida claramente la inocencia de la imputada. Eso fue rechazado, tanto es así que hasta el día de ayer (el jueves 3 de abril) ella estaba sujeta a la medida de internación provisional y como ella llegó y se evacuó al respectivo informe psiquiátrico y por objetividad, se pidió el sobreseimiento definitivo por extinción de responsabilidad penal, en razón de los antecedentes antes indicados”. 

Sobre qué trastorno presenta la mujer de acuerdo con lo que establece el Servicio Médico Legal, dijo que es “un retardo mental severo que la hace impedir determinar la licitud y ilicitud de las conductas desplegadas y su conducta no constituye un peligro para ella ni para terceros”.

Como se recordará La Nina, como se conoce a la mujer, fue formalizada por incendio con resultado de muerte y lesiones y quedó en internación provisional mientras se evacuaba el informe siquiátrico por el Servicio Médico Legal, peritaje que concluyó que es inimputable, por presentar un retardo mental severo. 

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