Neimar Claret Andrade
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de nulidad presentado por las defensas de
Cristóbal Nicolás Espinoza Veloso y Armin Pablo Antonio Stuardo y confirmó la sentencia que los
condenó a 15 años y un día de presidio efectivo como autores del delito consumado de homicidio
simple, cometido en agosto de 2025 en la comuna de Victoria.
En un fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada confirmó íntegramente la resolución
dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol.
En la sentencia, la Corte sostuvo que compartía los fundamentos expuestos por el tribunal de
primera instancia para rechazar la circunstancia atenuante especial invocada por la defensa y
concluyó que no existió error de derecho ni una interpretación errónea de la normativa aplicable.
Asimismo el fallo establece que la determinación de la procedencia de circunstancias atenuantes
de responsabilidad penal constituye una facultad privativa del tribunal que conoció el juicio oral, la
cual no puede ser revisada mediante un recurso de nulidad.
En consecuencia, el tribunal de alzada concluyó que no se configuró el vicio denunciado por las
defensas, consistente en una errónea aplicación del derecho que influyera sustancialmente en la
sentencia.
Por ello, resolvió rechazar, sin costas, los recursos de nulidad interpuestos por los abogados de
ambos condenados, dejando firme la sentencia definitiva dictada el 29 de mayo de 2026 por el
Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol.
Los hechos relacionados con este caso ocurrieron la noche del 26 de agosto de 2025, en las
inmediaciones del Parque Estadio de Victoria, donde, de acuerdo con lo establecido en el juicio
oral, un roce de hombros entre la víctima y uno de los acusados derivó en una discusión. Ambos
condenados extrajeron armas blancas y atacaron al hombre, quien recibió 14 puñaladas que le
causaron la muerte.

