Neimar Claret Andrade
Luego de que la defensa del alcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao, apelara la decisión del Juzgado de Garantía de Cañete de mantenerlo en prisión preventiva y rechazara la solicitud de cambiarle esa medida cautelar por arresto domiciliario total, la Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la decisión de primera instancia y decidió que el imputado, quien está siendo investigado por los delitos de violación, abusos sexuales e inducción al aborto, permanezca tras las rejas.
En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada integrada por los ministros Hadolff Ascencio Molina, Gonzalo Rojas Monje y Valentina Salvo Oviedo, consideró que existen suficientes antecedentes para presumir la participación del imputado en los hechos investigados, por lo que la prisión preventiva es la única cautelar que satisface los fines del procedimiento.
“Que de lo manifestado en esta audiencia por el representante del Ministerio Público y del querellante—indicaron los magistrados en su decisión— aparecen antecedentes suficientes para dar por acreditados los hechos atribuidos, así como presunciones fundadas de la participación del imputado en los mismos”.
En ese sentido consideraron que “en efecto, no sólo se cuenta con las declaraciones de las víctimas, quienes en cada caso han narrado circunstanciadamente los hechos, situando estos en lugares y fechas determinados, sino que se han aportado, además, otros elementos probatorios que corroboran tales declaraciones, como la de testigos de oídas a quienes las víctimas narraron o develaron, en su caso, los hechos, elementos que sirven para darle contexto a los ilícitos denunciados”.
La resolución agrega que “en lo que se refiere a la necesidad de cautela, la cantidad de delitos atribuidos, la penalidad asignada a los mismos, la forma de comisión de los ilícitos analizadas en su conjunto conllevan a estimar que la prisión preventiva es, al menos por ahora, la única cautelar que aparece como suficiente para satisfacer los fines del procedimiento, sin que obste a ello la circunstancia que beneficia al imputado, la atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal”.
De acuerdo con los cargos levantados por el Ministerio Público, Juan Carlos Reinao cometió entre el 2006 y el 2020, violaciones, abusos sexuales y una inducción a aborto en perjuicio de cinco víctimas, dos de ellas adolescentes en la época de los hechos, en las comunas de Tirúa, Contulmo, Renaico, Santiago y Negrete, para lo que se aprovechó, en varias ocasiones, del cargo de alcalde de Renaico que detenta.
Como se recordará, el jefe comunal renaiquino estuvo prófugo por nueve días y luego, durante la madrugada del 12 de noviembre de 2023, se entregó en la Cárcel de Traiguén para cumplir con la medida cautelar de prisión preventiva que dictara en su contra el Juzgado de Garantía de Cañete y que aún se mantiene vigente.

