Neimar Claret Andrade
La directora regional del Trabajo en La Araucanía, Carolina Ojeda Galaz estuvo en la comuna de Victoria, con el propósito de difundir los derechos laborales que tienen los bomberos voluntarios en el marco de las emergencias.
“El Código del Trabajo —detalló— protege el espacio laboral de los bomberos que, efectivamente, operan en las emergencias, todos los voluntarios y voluntarias de bomberos. Esto está establecido en una ley que fue publicada el año 2016 y en el Código de Trabajo dice expresamente que aquellos trabajadores que son código de trabajo y también aquellos que están regidos por el estatuto administrativo y que se desempeñan como voluntarios de bomberos, están facultados a asistir a los llamados de emergencia y eso en ningún caso puede afectar ni su remuneración ni su salida a la emergencia”.
La directora Ojeda indicó que aún no se han presentado casos en la región relacionados con el despido de bomberos voluntarios por asistir a emergencia, pero sí han recibido muchísimas consultas de parte de los voluntarios al respecto.
“El artículo 66 ter —señaló— dice que en el fondo todos los trabajadores que dependen del Código de Trabajo y del estatuto administrativo, significa que son los funcionarios públicos, tienen derecho a desempeñarse como voluntarios del Cuerpo de Bomberos y poder asistir a todos los llamados de emergencia que existan, accidentes, siniestros o como en el caso que actualmente ocurre de los incendios forestales”.
De igual modo la Directora del Trabajo dijo que “el tiempo que los trabajadores destinan a la emergencia se considera trabajado para todos los efectos legales y el empleador no puede, en ningún caso, calificar la salida de los trabajadores a la emergencia como salida intempestiva o como abandono de trabajo e igualmente es importante que los empleadores sepan que tienen derecho a solicitar a la Comandancia de Bomberos la acreditación de que el trabajador asistió a esta emergencia, a la duración y de esa forma él también respalda que eso ocurra”.
“Creo que es relevante señalar que —acotó— frente a cualquier duda o denuncia se pueden acercar a nuestras inspecciones comunales o provinciales o hacer la denuncia a través de la página web www.dt.gob.cl”.

