ELECCIONES PARLAMENTARIAS, PRESIDENCIALES Y EVENTUAL SEGUNDA VUELTA PRESIDENCIAL - 2025.

Dom 16 Noviembre, 2025

Hoy finaliza periodo de propaganda electoral

El plazo para el retiro de la publicidad vence a las 23:59 horas de este 13 de noviembre. Desde mañana cualquier manifestación o difusión con fines electorales constituirá una infracción sancionable.

Neimar Claret Andrade
Foto: Juan Osorio Lovys

A las 23:59 horas de este jueves 13 de noviembre concluye el periodo legal de propaganda
correspondiente a las elecciones presidencial y parlamentarias, cuya votación se desarrollará este
domingo 16 de noviembre, según disposición del Servicio Electoral.
De acuerdo con la Ley 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, desde las 00:00 horas del
viernes 14 queda prohibida toda forma de publicidad o manifestación con fines electorales.
El Servel informó que entre las acciones restringidas se encuentran la realización de actos,
reuniones o manifestaciones públicas con carácter electoral; la difusión de mensajes o publicidad
en prensa escrita, radio, redes sociales, plataformas digitales u otros medios análogos y la
instalación de carteles, afiches, lienzos, entrega de volantes y cualquier elemento destinado a
promover candidaturas o partidos políticos.
Asimismo advirtieron desde el ente comicial, que el retiro de toda la propaganda desplegada en
espacios públicos o privados es responsabilidad directa de las candidaturas y partidos, quienes
deberán hacerlo dentro del plazo establecido por la normativa. Asimismo, deberán cesar toda
publicación o transmisión en medios de comunicación y plataformas digitales antes del término
legal.
El cumplimiento estricto de los plazos busca garantizar un proceso electoral transparente y
equitativo. Los municipios, por su parte, deberán retirar toda propaganda que permanezca
instalada fuera de plazo y reportar al Servicio Electoral (Servel) las eventuales infracciones
detectadas en terreno.
El Servel, a través de sus direcciones regionales, mantiene un despliegue de fiscalización en todo el
país para verificar el cumplimiento de las disposiciones legales.
Realizar propaganda fuera del periodo autorizado constituye una infracción a la normativa
electoral, sancionable con multas que van desde 20 hasta 200 unidades tributarias mensuales
(UTM).
Finalmente, el Servel recordó que cualquier persona puede denunciar eventuales infracciones
mediante el Portal de Denuncias Ciudadanas, disponible en su sitio web, aportando una
descripción precisa de los hechos, la fecha en que ocurrieron y, si es posible, la identificación del
presunto infractor.

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